El comedor es un servicio que se oferta a todo el alumnado del centro y que, en horario escolar normal, abarca desde las 12:00 hasta las 15:00 horas (en horario de jornada reducida de 12:00 a 14:00 horas).
El servicio de comedor está parcialmente subvencionado por parte del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco que es el organismo encargado de fijar las cuotas a abonar por el alumnado a lo largo de cada curso escolar. Estas cuotas pueden variar según el tipo de alumno a quien vayan dirigidas fijándose para el actual curso escolar de la forma que a continuación se expone:
TIPO DE ALUMNO
PRECIO MENU
(por día)
Alumno habitual (Aula de 2 años)
3,60 €
Alumno esporádico (Aula de 2 años)
4,20 €
Alumno habitual de Educación Infantil y Primaria (residente a más de 2 Km. del centro)
2,50 €
Alumno habitual de Educación Infantil y Primaria
3,60 €
Alumno esporádico Educación Infantil y Primaria
4,20 €
El cobro de las cuotas a los alumnos habituales se realizará mensualmente por medio de domiciliación bancaria por lo que estos deberán proporcionar, al comienzo del curso, un número de cuenta corriente para realizar el cargo. Por su parte, los alumnos esporádicos abonarán el importe del servicio en la cuenta corriente del comedor que el centro posee en Kutxa.
Normativa del comedor escolar
La normativa del comedor está supeditada al marco fijado por la Ley de la Escuela Pública Vasca y a las decisiones particulares que, dentro de este marco, pudiera adoptar la Comisión de Comedor en representación del ÓMR o Consejo Escolar. La normas a las que nos referimos son las siguientes:
Ningún alumno comensal podrá ausentarse en horario de comedor, salvo comunicación escrita, por parte de los padres o tutores.
No se podrá acudir al comedor con ningún tipo de alimento o bebida del exterior.
No se permitirá acudir al comedor con ningún tipo de utensilio electrónico (video-consolas, teléfonos móviles..) o juguete.
En caso de alergia o intolerancia a algún tipo de alimento, tras la correspondiente comunicación escrita por parte de los padres o tutores, se procurará adaptar el menú a las necesidades de cada caso.
Cada alumno acudirá al comedor provisto de un pequeño neceser en el que incluirá su cepillo y pasta de dientes.
En caso de que el número de solicitudes de plazas de comedor superase el número de plazas que el centro pudiera ofertar, estas plazas se adjudicarían siguiendo los siguientes criterios de preferencia:
Alumnado residente a más de 2 Km. del centro.
Alumnado becario del centro.
Alumnado con más hermanos en el centro.
Alumnado con más antigüedad en el centro.
Aquellos alumnos que, de forma esporádica, decidan utilizar los servicios del comedor deberán comunicarlo con un mínimo de 24 horas de antelación.
Tendrán consideración de comensales habituales aquellos alumnos que hagan uso del servicio al menos durante cuatro días a la semana a lo largo de todo el curso escolar. En caso de ausencia, las cuotas abonadas por el servicio de comedor por parte de los alumnos habituales sólo se devolverán en casos muy puntuales y, siempre, por causas debidamente justificadas. En el caso de aquellos alumnos que reciban beca de comedor la devolución no procederá en ningún caso.
La Comisión de Comedor en representación del ÓMR o Consejo Escolar podría adoptar la decisión de privar de la plaza de comedor a los alumnos usuarios del servicio por cualquiera de las siguientes razones:
Impago de cuotas.
Incumplimiento de la normativa que atañe al comedor o de las normas elementales de convivencia.